REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
ASOCIACIÓN DE VETERANOS ZAPADORES PARACAIDISTAS
Será responsabilidad del socio que presente a un nuevo aspirante la de enseñarle el funcionamiento de la asociación y del cumplimiento de los estatutos y de este reglamento. Pérdida de condición de socio o de estatus y proceso a seguir. Se podrá causar baja definitiva en los términos que se establecen en los estatutos o en el presente reglamento. Una vez causado baja el ex socio deberá entregar a la asociación toda la documentación que tuviere relativa a la misma. El estatus de socio podrá perderse por el incumplimiento de los estatutos o del reglamento de régimen interior, tras haber sido estudiado cada caso por la junta directiva y a propuesta del presidente con la colaboración de los socios fundadores.
TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA DE LA ASOCIACIÓN
La asociación estará formada por junta directiva y asamblea general. Será el presidente el que junto con el apoyo y asesoramiento de la junta directiva, el que dirija la asociación. Esta tendrá en cuenta la opinión de los socios fundadores. El órgano de expresión de la voluntad de la asociación será la asamblea general.
TITULO III DE LA ASAMBLEA GENERAL Y DE LA FORMA DE VOTACIONES
En lo referente a las altas y bajas de los socios, la votación será por unanimidad en primera vuelta y si no en segunda votación por 4/5 partes de los socios con derecho a voto. El resto de los acuerdos de asamblea general serán según el art. 19 de los estatutos. El presidente tendrá voto de calidad y lo ejercerá en beneficio de la asociación, siempre y cuando, no haya acuerdo después de convocar una segunda vuelta. El voto en blanco o nulo no será permitido.
TITULO IV DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS MIEMBROS
Del modo de nombrar la junta. Será propuesta por el Presidente ante la Asamblea general. Los socios comunicarán al presidente su intención de colaboración y pertenencia a la junta directiva.
Del presidente.
Reservarse el derecho de cambiar o elegir a algunos o a la totalidad de su junta directiva, si considera que la elegida por la asamblea general no es la más apropiada para el buen funcionamiento de la asociación. Este hecho solo se produciría por motivos plenamente justificados. Tendrá voto de calidad que ejercerá en caso de empate, no acuerdo y siempre en beneficio de la asociación y los fines por los que este se creó. Dirigirá la asociación con la ayuda y el asesoramiento de la junta directiva.Del vicepresidente.Será el segundo de a bordo y acometerá todas aquellas funciones que el presidente delegue en él. Lo sustituirá cuando sea necesario y asumirá las mismas funciones que él, en su ausencia.Del tesorero.Todo aquello que establecen los estatutos.Del secretario.Todo aquello que establecen los estatutos.De los vocales.Su labor será la de asesorar al presidente y a la junta directiva en todo aquello en lo que cada uno destaque. Aportaran todos sus conocimientos y trabajo al buen funcionamiento de la asociación. Asumirán y coordinaran todo aquello que la junta directiva o el presidente le delegue, usando al personal y los medios disponibles a su alcance que sean necesarios.El incumplimiento de los estatutos y de los principios y fines de la asociación por parte de algún miembro de la directiva será motivo de baja de esta junta.
TITULO V DE LAS NORMAS EN LAS SALIDAS
El presidente podrá nombrar a uno o más socios responsables de estudiar, proponer y coordinar las diferentes salidas de la asociación a eventos de otras asociaciones. Estas serán sometidas a votación y aprobadas por la junta directiva, una vez aprobadas serán consideradas salidas oficiales con todo lo que conlleva este estatus. Se hará mediante un estudio con suficiente de antelación. La asistencia a las salidas serán anotadas en el libro de socios en la hoja personal de cada socio.
TITULO VI FALTAS SANCIONABLES Y RÉGIMEN SANCIONADOR
LAS FALTAS SE DIVIDIRÁN EN LEVES Y GRAVES.
Faltas leves: No asistir de forma reiterada a las reuniones, actos, eventos o salidas de la asociación. El incumplimiento de algunas de las normas de establecidas en el Titulo IV de este reglamento.
Faltas graves: El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de entrada a la asociación. El no cumplimiento de las obligaciones establecidas en los estatutos o en las normas internas. Por acumulación de 3 faltas leves en el periodo de 1 año. La falta de respeto, la deslealtad o existir una pelea con cualquier miembro de la asociación. Desentender lo estipulado por la junta directiva y que perjudique el buen funcionamiento de la asociación. Cualquier acción que perjudique la imagen de las FAS. Tener acciones contrarias u omisiones que perjudiquen la consecución de los fines de la asociación.
RÉGIMEN SANCIONADOR
Todas las faltas serán previamente estudiadas por la junta directiva, quienes comunicarán al presidente si procede apertura o no de un expediente sancionador. Si se abriera expediente, el presidente, nombrará un tribunal de entre todos los socios para estudiar si son sancionables o no. Este acuerdo será preferentemente por unanimidad, si no lo fuera en segunda ronda será votado por al menos ¾ partes de los miembros del tribunal. Será sancionado por el presidente reflejado en acta por el secretario y comunicada la decisión al socio y anotada en su ficha personal. Las faltas leves se sancionaran según su gravedad con: No poder beneficiarse de los actos de la asociación en un periodo de uno a tres meses. Un aviso por escrito que quedará reflejado en la ficha personal del socio. Las faltas graves se sancionarán según su gravedad con: No poder beneficiarse de los actos de la asociación en un periodo de tres meses a un año. La pérdida de condición de socio (expulsión).
Alcantarilla a 22 de octubre de 2018
El presidente
Jose Fco. Jerez Moreno
El Vicepresidente
Jose Mª Del Aguila Fernandez
El Secretario
Santiago Cifuentes Rubio
El Tesorero